Reglamento de Ingreso y Control de Vehículos y Maquinaría a la Provincia de Galápagos

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Promoviendo la movilidad sustentable

El cambio de la matriz energética promovida por el Gobierno Ecuatoriano, ha impulsado la iniciativa “Cero Combustibles Fósiles”, la misma que promueve el uso de energías alternativas y de fuentes renovables, para la disminución paulatina del consumo de combustibles fósiles en la provincia de Galápagos. Alineado a lo expuesto, la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Provincia de Galápagos y sus reglamentos, establecen estrategias de control de ingreso de vehículos e incentivos para el uso de vehículos eléctricos dadas sus ventajas ambientales y económicas en el largo plazo. Como primer paso estratégico para la concienciación de la ciudadanía de las ventajas del uso de este tipo de vehículos, se realiza esta feria demostrativa e informativa.

Reglamento de Ingreso y Control de Vehículos y Maquinaría a la Provincia de Galápagos

Con 88 artículos, 4 disposiciones generales y 6 transitorias fue aprobado el nuevo reglamento de vehículos por los miembros del Pleno del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, CGREG. Este documento legal contiene un nuevo ordenamiento jurídico para regular el ingreso de vehículos terrestres, marinos y aéreos a la provincia y mediante el cual se fomenta el uso de vehículos eficientes y un sistema de transportación pública masiva.

Este nuevo reglamento fue elaborado participativamente con la ciudadanía quien tuvo la oportunidad de enviar insumos y comentarios que fueron incluidos en su mayoría dentro de la norma. Se aprobó en primer debate el borrador en septiembre del 2015 y el luego de ultimar detalles en temas como gestión responsable de energía se presentó y aprobó en segundo debate el 23 de marzo del año en curso por el Pleno.

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Descargue aquí la Ordenanza que Contiene el Reglamento de Ingreso y Control de Vehículos y Maquinarias a la Provincia de Galápagos

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Descargue aquí el Formulario para Ingreso de Vehículos Eléctricos a la Provincia

PREGUNTAS DE INTERÉS¿Por qué aprobar un nuevo reglamento?El reglamento aprobado en el 2014 tiene varios problemas que se buscan solucionar a través del nuevo reglamento:

  • Era de difícil interpretación para los usuarios ya que agrupa requisitos para trámites marítimos, terrestres y aéreos, sin dejar claro cuales requisitos aplican en cuales casos. Hay mucha repetición y artículos que se contradicen.

  • Excesivo número de requisitos para los trámites y falta de claridad sobre entidades que emiten informes favorables, generando demoras y excesiva carga para los usuarios.

  • El reglamento actual no estaba actualizado con los esfuerzos del gobierno nacional por eliminar copias certificadas y otros requisitos que pueden revisarse a través de plataformas digitales.

  • Requería ser actualizado con los cambios referentes a la gestión de los vehículos según la LOREG del 2015, y según las nuevas competencias asumidas por los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) Municipales.

Resolución No. 009-CGREG-07-II-2014, publicada en el registro oficial de No 236 del 30 de abril del 2014 y Reformado el 10 de diciembre del 2014 mediante resolución No 041-CGREG-10-XII-2014.¿Cuál fue el proceso para generar el nuevo reglamento?

  • El proyecto de Reglamento de Vehículos fue aprobado en primer debate por el pleno del CGREG en Septiembre del 2015.

  • Posteriormente, fue colgado en nuestra web el borrador de reglamento aprobado por el Pleno para revisión del público.

  • En noviembre 2015 la Secretaría Técnica procedió a hacer reuniones de socialización del reglamento en San Cristóbal, Santa Cruz, e Isabela.

  • Se recogieron y analizaron las observaciones del público y se generaron varios cambios en el reglamento para atender las observaciones recibidas.

¿ Qué objetivos se alcanza con el nuevo reglamento?

  • Reorganizar el reglamento para facilitar su lectura, interpretación, y aplicación.

  • Aclarar las competencias para entrega de informes favorables.

  • Simplificar los trámites, alineando la gestión del CGREG con el esfuerzo realizado por el gobierno nacional en cuanto a la eliminación de copias certificadas e implementación de Dato Seguro.

  • Permitir el ingreso de camiones de entre 2 y 3 toneladas para el sector agropecuario y las asociaciones productivas artesanales

  • Incluir las motos y los vehículos eléctricos como una alternativa de movilidad para la ciudadanía.

¿Porqué se han incluido las motos y los vehículos eléctricos en el reglamento?Actualmente, casi el 30% de la energía eléctrica que se consume en las islas, viene de fuentes renovables, principalmente solar y eólica. El resto viene de plantas termoeléctricas eficientes que han sido modernizadas para obtener mayor energía usando menos combustible. Un galón de diesel utilizado en la planta termoeléctrica, rinde 25% más que el mismo galón inyectado en un vehículo.Los cambios en la matriz energética de Galápagos nos permiten generar electricidad que es más limpia que el uso de gasolina. Y por tanto podemos, en el nuevo reglamento de vehículos, dar apertura a las motos y vehículos eléctricos ultra compactos; los cuales consumen poca energía.Para el caso de vehículos que tengan baterías más grandes de 7KW, será necesario que el solicitante contribuya generando energía renovable, a través de paneles solares.Mientras más electricidad limpia generemos en Galápagos y más eficientes seamos en su uso, podremos dar más apertura a otros vehículos eléctricos.¿Qué motos y vehículos eléctricos podrán ingresar a la provincia?Se permite motos y vehículos ultra compactos que tengan un batería de hasta 7 kW para uso personal y sean de carga lenta.Para carros que tienen una batería más grande o de mayor voltaje, será necesario instalar paneles solares que permitan aportar a la red eléctrica con parte de la energía necesaria para cargar el vehículo. Elecgalapagos certificará que esta instalación sea adecuada y asegurará que las políticas reflejadas en el reglamento se enmarquen en una gestión responsable de la energía eléctrica.¿Cuántos vehículos o motos puede ingresar una persona?Se limita a un vehículo terrestre por sociedad conyugal o unión de hecho.¿Cuáles son los requisitos para el ingreso de una moto eléctrica?Art. 25.- Se permite el ingreso permanente de un vehículo eléctrico para uso personal por unión matrimonial o unión de hecho.Los requisitos para el ingreso son:

  • Formulario declarativo de solicitud firmado por el solicitante

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    Descargue aquí el Formulario para Ingreso de Vehículos Eléctricos a la Provincia

  • Ficha técnica del vehículo indicando la clase, modelo, tipo, potencia, tipo de batería, capacidad de carga, según corresponda al tipo de vehículo;

  • Alguno de los siguientes documentos: contrato de arrendamiento, contrato laboral, escritura de propiedad de un bien inmueble, acta de matrimonio o escritura pública de unión de hecho; y

  • Certificado emitido por la empresa responsable del suministro de energía eléctrica en la provincia, indicando que el solicitante ha instalado un sistema eléctrico idóneo para el suministro y medición de la energía para la recarga del vehículo o motocicleta.

Adicional a lo establecido en el presente artículo, la Secretaría Técnica del Consejo de Gobierno verificará que:

  • Ni el solicitante ni su cónyuge o conviviente, posean otro vehículo terrestre en la provincia de Galápagos (excepto maquinaria agrícola);

  • Ni el solicitante ni su cónyuge o conviviente hayan transferido su vehículo en los últimos 5 años; y,

  • Que el vehículo cumple con los parámetros necesarios para su operación en el sistema eléctrico de Galápagos conforme a los parámetros establecidos por la Secretaria Técnica, en conjunto la empresa responsable del suministro de energía eléctrica en la provincia de Galápagos.

Un vehículo eléctrico es aquel que se potencia completamente de electricidad y no genera emisiones de gases de efecto invernadero.Art. 26.- Se podrá ingresar a la provincia de Galápagos motocicletas y automóviles ultra compactos eléctricos que:

  • Operen con una batería de capacidad no mayor a 7 KW;

  • Tengan autonomía de recorrido de mínimo 50 kilómetros en ciudad;

  • Las baterías de dotación del vehículo sean de carga lenta; y

  • Que tengan una distancia máxima de 2.5 metros entre ejes.

Art 27.- Se autorizará el ingreso permanente de vehículos eléctricos que cuenten con una batería mayor a 7 KW, a aquellas personas que implementen un sistema de energía renovable (preferencia fotovoltaica) conectado a la red de la empresa eléctrica de la provincia y certificada por la misma.Para certificar la capacidad del sistema de energía renovable, la empresa distribuidora de electricidad en la provincia de Galápagos, aplicará la siguiente ecuación:Nota resaltadaRECUERDE que puede efectuar denuncias sobre anomalías en procesos de ingreso de vehículos al correo denuncias@gobiernogalapagos.gob.ec


 

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