Financiamiento de Proyectos
Para la firma de convenios de cooperación que involucren transferencias de recursos económicos, las propuestas deberán estar respaldadas en un documento técnico que defina al menos los siguientes aspectos:
- Objetivos: General y específico del proyecto a financiarse
- Beneficiario(s) Directo(s): Se debe caracterizar el número y tipo de beneficiario(s) directo(s)
- Ubicación: Detalle de la provincia, cantón, parroquia y comunidad en la que será invertida;
- Resultados esperados: Se deben precisar los resultados y medios de verificación;
- Financiamiento requerido: El presupuesto deberá estar debidamente estructurado e identificar el origen de los recursos, sean provenientes de fondos públicos o cofinanciamiento. Deberá establecer el tipo de cofinanciamiento, sea este en numerario o en especie.
- Cronograma valorado de ejecución de actividades: Detallar los recursos necesarios para cada actividad y su programación en el tiempo.
El monto total transferido a la cuenta de la Asociación, Gremio, etc, deberá justificarse con los subtotales de las facturas emitidas en los informes de justificación económica-financiera de los proyectos. Los montos correspondientes al I.V.A. serán de responsabilidad expresa de cada Asociación.
Los organismos que deseen emprender proyectos deberán estar legalmente inscritos y presentar los siguientes documentos:
- Actas de la conformación de la directiva;
- Cuenta bancaria actualizada;
- Que estén al día en las Declaraciones del SRI;
- Listado de los socios actualizado; y,
- Los demás requisitos de conformidad a la ley.