Financiamiento de Proyectos
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Para la firma de convenios de cooperación que involucren transferencias de recursos económicos, las propuestas deberán estar respaldadas en un documento técnico que defina al menos los siguientes aspectos:
- Objetivos: General y específico del proyecto a financiarse
- Beneficiario(s) Directo(s): Se debe caracterizar el número y tipo de beneficiario(s) directo(s)
- Ubicación: Detalle de la provincia, cantón, parroquia y comunidad en la que será invertida;
- Resultados esperados: Se deben precisar los resultados y medios de verificación;
- Financiamiento requerido: El presupuesto deberá estar debidamente estructurado e identificar el origen de los recursos, sean provenientes de fondos públicos o cofinanciamiento. Deberá establecer el tipo de cofinanciamiento, sea este en numerario o en especie.
- Cronograma valorado de ejecución de actividades: Detallar los recursos necesarios para cada actividad y su programación en el tiempo.
El monto total transferido a la cuenta de la Asociación, Gremio, etc, deberá justificarse con los subtotales de las facturas emitidas en los informes de justificación económica-financiera de los proyectos. Los montos correspondientes al I.V.A. serán de responsabilidad expresa de cada Asociación.
Los organismos que deseen emprender proyectos deberán estar legalmente inscritos y presentar los siguientes documentos:
- Actas de la conformación de la directiva;
- Cuenta bancaria actualizada;
- Que estén al día en las Declaraciones del SRI;
- Listado de los socios actualizado; y,
- Los demás requisitos de conformidad a la ley.